|
Realizar
el Planeamiento Estratégico de Personal para establecer
el apoyo de personal a los planes de campaña y participar
en el Planeamiento Administrativo de mediano y corto plazo,
para satisfacer las necesidades de recursos humanos de acuerdo
a los requerimientos del planeamiento estratégico.
Su misión es planear, asesorar,
coordinar, conducir y supervisar los aspectos de mantenimiento
de efectivos, administración de personal, mantenimiento
de la Disciplina, Ley y Orden, incremento de la moral, a fin
de permitir el cumplimiento de la misión del CCFFAA.
Seguro para los defensores de la Patria
Los Defensores de la Patria, Ex Combatientes
del Alto Cenepa, ya cuentan con atención médica
gratuita en los centros asistenciales de Essalud a nivel nacional,
de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 26511 y su modificatoria
por la Ley N° 27124.
Las personas que pueden acceder a
este beneficio son el personal de las Fuerzas Armadas o Policía
Nacional con invalidez temporal o permanente, personal civil,
sobrevivientes y deudos que estén reconocidos mediante
Resolución emitida por el Comando Conjunto de las Fuerzas
Armadas.
El personal de las Fuerzas Armadas
o Policía Nacional con invalidez temporal o permanente,
tiene derecho a atención altamente especializada, siempre
que sea referido de establecimientos de salud de las Fuerzas
Armadas o de la Policía Nacional.
También gozarán de rehabilitación
integral por discapacidad física, como consecuencia
de la acción de armas, exista o no establecimiento
de salud de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional.
Personal beneficiado
Las personas que pueden acceder a este beneficio son el personal
de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional con invalidez
temporal o permanente, personal civil, sobrevivientes y deudos
que estén reconocidos mediante Resolución emitida
por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.
El personal de las Fuerzas Armadas
o Policía Nacional con invalidez temporal o permanente,
tiene derecho a atención altamente especializada, siempre
que sea referido de establecimientos de salud de las Fuerzas
Armadas o de la Policía Nacional.
También gozarán de rehabilitación
integral por discapacidad física, como consecuencia
de la acción de armas, exista o no establecimiento
de salud de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional.
Personal civil
El personal civil contará con
atención integral de salud, así como rehabilitación
integral por discapacidad física, como consecuencia
de la acción de armas; exista o no establecimiento
de salud de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional.
Sobrevivientes
El personal considerado como sobreviviente,
tendrá derecho a atención altamente especializada,
siempre que sea referido de establecimiento de salud de las
Fuerzas Armadas o PNP.
La atención integral de salud,
se realizará siempre y cuando no exista establecimiento
de salud de las Fuerzas Armadas o de la PNP en la zona donde
se requiera la atención.
Son considerados Sobrevivientes:
- Cónyugue
- Hijos menores de edad
- Hijos mayores de edad incapacitados física o mentalmente
declarados como tales por Resolución Judicial.
- Padres, menores de 55 años, que dependan económicamente.
- Padres, mayores de 55 años.
Beneficio para residentes en Lima y Callao
Para atenciones altamente especializadas,
la persona inválida de las Fuerzas Armadas o PNP, se
atenderá en el Centro Asistencial según su distrito
de residencia, portando la Hoja de Referencia emitida por
el establecimiento de salud de las FFAA o PNP.
El personal civil , lo hará
en el Centro Asistencial que le corresponda según el
distrito de residencia.
Beneficiarios en el interior del país
De acuerdo a la distancia entre el
establecimiento de salud y el domicilio del beneficiario,
es decir, si existiera un hospital de Essalud más cercano
que uno de las Fuerzas Armadas o PNP, la atención se
brindará en EsSalud
En todos los casos se tendrá
derecho a la atención presentando el documento o carné
de identidad, según sea su condición. |