.Es el Beneficio de Recompensas que será otorgado a los ciudadanos que proporcionen información veraz y oportuna que permita la captura de los mandos de las organizaciones terroristas que operan en el territorio nacional se podrá efectuar a través de la línea 0800 considerando dos situaciones particulares:
En Zonas declaradas en Estado de Emergencia, y en Zonas no declaradas en Estado de Emergencia
En Zonas declaradas en Estado de Emergencia , se siguen los siguientes procedimientos:
- Las Autoridades Militares o Policiales que asumen el control del orden interno de las zonas declaradas en Estado de Emergencia, por intermedio de los Jefes de las Unidades Militares y Policiales, les corresponde recibir la información proporcionada por los ciudadanos, debiendo de asignar un seudónimo al informante y dejar constancia mediante acta, de la información recibida.
- Las Autoridades Militares o Policiales indicadas, comunicarán al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas o a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, según corresponda, la información recibida, en atención al presente dispositivo legal y los seudónimos asignados a los informantes.
- El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas o la Dirección General de la Policía Nacional del Perú dispondrá que la información proporcionada por los ciudadanos informantes, sea analizada por los órganos de inteligencia para determinar si puede ser aprovechada para lograr la captura de los mandos terroristas.
- Las incidencias y/o resultados que origine la explotación de la información proporcionada por los ciudadanos informantes, será comunicada al Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas o por la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, según corresponda y a los ciudadanos informantes a través de las Unidades Militares o Policiales que levantaron el acta de recepción de la información.
- De ser efectuada la captura de un mando terrorista con la información alcanzada por algún ciudadano, se pondrán dichos resultados en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, debiendo el ciudadano informante formalizar por escrito su derecho al otorgamiento del Beneficio de Recompensas que le correspondiera, siendo elevada su petición por el Comando Militar o Policial vía Ministerio de Defensa o del Interior según corresponda, a la Presidencia del Consejo de Ministros, para que sea evaluada por la Comisión Calificadora.
- Durante la evaluación de la Comisión Calificadora, se podrá preservar la identidad del solicitante, otorgándole una clave de identificación y gestionar ante el Ministerio del Interior, las medidas de protección personal si el caso lo requiere.
En Zonas no declaradas en Estado de Emergencia , serán las Autoridades Policiales y el Ministerio del Interior, los responsables de seguir el procedimiento señalado en el inciso anterior.
Como proceder en caso se desee usar la linea 0800:
PROCEDIMIENTO DEL INFORMANTE |
Marcar el numero 0800-14-400 o el 01-330-1884 |
Luego que ingresa la llamada telefónica, el informante debe manifestar su deseo de proporcionar información |
El informante proporciona su nombre, apellidos y número de DNI |
Se verifica la identidad del informante |
El informante proporciona número telefónico de contacto y otros datos de contacto
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RECORDAMOS QUE SE MANTENDRÁ LA MÁS ABSOLUTA RESERVA. |
ENLACES:
Ley sobre el Sistema de Beneficio de Recompensas
¿Qué es la línea 0800?
Volantes y afiches distribuidos en el VRAEM
Capturas de delincuentes en el VRAEM
Captura y recuperación de armamento
Insumos incautados
Artículos diversos incautados