- 30Noviembre2018
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COMUNICADO OFICIAL Nº 18-2018-CCFFAA
Comunicado Oficial N° 018-2018 CCFFAA
El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas pone en conocimiento de la opinión pública lo siguiente:
- Mediante Ley N° 30874, publicada el 29 de noviembre de 2018 en el Diario Oficial El Peruano, se establece un nuevo plazo para hacer efectivo el reconocimiento al personal militar, policial y civil que participó en los conflictos armados con el Ecuador en los años 1978, 1981 y 1995.
- La presente Ley se aplica para los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y Civiles que participaron en los conflictos armados con el Ecuador y que se encuentran amparados en las siguientes Leyes:
- Ley 26511, Ley que reconoce como Defensores de la Patria y otorgan beneficios a los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú y Civiles que participaron en el conflicto con el Ecuador en el año 1995.
- Ley 28796, Ley que reconoce la calidad de Defensores de la Patria al personal de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú y Civiles que participaron en los Incidentes Armados fronterizos del subsector del Alto Cenepa del año1978 y conflicto armado de la Cordillera del Cóndor de 1981.
- Ley 29562, Ley que otorga reconocimiento al mérito al personal Movilizado de los conflictos con el Ecuador en los años 1978, 1981 y 1995
- Asimismo esta Ley Otorga al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el plazo de cinco años, contados a partir de la fecha de publicación de la presente norma, para continuar con la evaluación, calificación, formulación de actas y expedición de resoluciones de reconocimiento a los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú y Civiles que participaron en los conflictos armados con el Ecuador a los que se refiere la presente Ley.
- Al respecto, toda solicitud de calificación será presentada en las Instituciones Armadas y Policía Nacional a las cuales pertenecieron los excombatientes, para luego de una evaluación previa, sean propuestos por estas instituciones ante el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas para continuar con la calificación respectiva.
- Las FFAA y la PNP no podrán admitir solicitudes de excombatientes que anteriormente ya fueron propuestos ante el CCFFAA en las anteriores ampliaciones de calificación, o hayan interpuesto algún tipo de recursos administrativos.
Lima, 30 de noviembre del 2018
Oficina de Prensa e Imagen Institucional
Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas